Subvenciones de ascensores 2020 ante la situación del Covid-19

Subvenciones de ascensores 2020 ante la situación del Covid-19

Las subvenciones para la instalación de ascensores, así como la rehabilitación de las viviendas con la finalidad de hacerlas más accesibles, se realizan cada año. Sin embargo, debido a la pandemia que nos azota en este 2020, todo esto se ha paralizado, incluyendo las subvenciones de ascensores en Madrid.

La propagación desmedida del Covid-19 ha tenido graves consecuencias en todos los aspectos, como ya todos lo sabemos. La activación de una cuarentena mundial ha ocasionado que muchos procesos sean pospuestos hasta nuevo aviso.

¿Qué ha pasado con las subvenciones de ascensores 2020?

En el caso de las subvenciones de ascensores de Madrid, fueron suspendidos los términos, así como los plazos para realizar este tipo de solicitudes en los entes públicos. Hasta los momentos, no se conoce hasta cuándo estos procedimientos estarán suspendidos ni qué sucederá con las solicitudes procesadas. 

Ayudas para ascensores en Madrid 2020 tras Covid-19Subvenciones de ascensores 2020

La ciudad de Madrid se caracteriza por contar con una gran cantidad de subvenciones anuales. Sin embargo, tras el decreto que se dio a conocer el pasado 14 de marzo, en el que se suspenden e interrumpen los plazos para la tramitación de estos procesos en las entidades públicas, debido a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, este año se han visto afectadas. 

Es importante resaltar que estos plazos se reanudarán una vez que pierda vigencia este Real Decreto, pero también existe la posibilidad de que haya una prórroga de este.

Por los momentos, solo resta esperar lo que sucederá con la pandemia y de conocer de qué manera se reactivarán este tipo de procesos, que son de vital importancia para el desarrollo de la sociedad. 

Cabe mencionar, que la colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid para la aplicación del Plan Estatal de Vivienda, salió a la luz el 30 de julio 2018 y tiene vigencia hasta el 2021.

¿En qué consisten las subvenciones de ascensores en Madrid?

Se consideran actividades subvencionables: aquellas que se realicen en los elementos comunes de una edificación y que contribuyan con la accesibilidad de este.

Dentro de este tipo de actividades, podemos encontrar la instalación de ascensores y las obras que se deban realizar de manera obligatoria para esto. También contempla otro tipo de dispositivos que tengan como objetivo mejorar la accesibilidad del edificio. 

Estos dispositivos pueden ser: elevadores verticales, salvaescaleras o, cualquier otra medida que mejore la accesibilidad del edificio y las zonas comunes que posea, como zonas deportivas o jardines. 

¿Qué requisitos se deben cumplir para solicitar una subvención?

Quienes deseen tener acceso a este beneficio, deben cumplir con una serie de requisitos que te mostraremos a continuación. 

  • Por lo menos el 70% de la estructura debe tener uso residencial de vivienda
  • La edificación debió ser finalizada antes del año 1996.
  • Al momento de realizar la solicitud en domicilio, deben habitar mínimo un 50% de los arrendatarios o propietarios de las viviendas. 
  • El informe de Evaluación del Edificio es obligatorio para recibir la subvención. 
  • Es importante que toda la comunidad de vecinos esté de acuerdo con la realización del trabajo. Sin embargo, esto no aplica si se trata de un propietario único, en este caso solo con su decisión se puede proceder. 

En el sitio web de la Comunidad de Madrid, podrás encontrar toda la información que necesitas para la concesión de subvenciones a propietarios y comunidades de vecinos de edificios de vivienda colectiva, que deseen instalar un ascensor.

Allí se verá reflejado, que podrán hacer este trámite los habitantes y/o propietarios de edificios que tengan más de tres pisos de altura, incluyendo la planta baja, con una antigüedad mayor a 15 años y que no cuenten con ascensor

Cabe destacar, que actualmente no está disponible este trámite, como hemos mencionado anteriormente. Veremos si hay lugar a modificaciones, una vez que pase el estado de alerta por la pandemia. Por los momentos, veamos cuáles son los recaudos que se deben presentar.

En el siguiente enlace, respondemos a las preguntas más frecuentes sobre la instalación de ascensores en comunidades de vecinos.

 ¿Qué documentos debo presentar?

En este punto, tenemos dos panoramas posibles, dependiendo de si se obtuvo o no la calificación como actuación protegible.

  • Con calificación como actuación protegible

En este caso, una vez que el ascensor ya ha sido instalado, los propietarios o comunidades tendrán un plazo de tres meses desde la fecha en que se asignó el número de Registro de Aparatos Elevadores (RAE), para solicitar dicha subvención. Esto, mediante la presentación de la solicitud y los siguientes documentos.Subvenciones de ascensores para el 2020

  1. La declaración expresa y responsable de otras subvenciones concedidas o solicitadas.
  2. Si son propietarios de edificios que están en régimen de arrendamiento o propiedad vertical, deben presentar la acreditación de que están al día con sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. La excepción de esto, son las comunidades de propietarios en calidad de beneficiarios y promotores de las ayudas.
  3. Fotocopias compulsadas de los documentos públicos que acrediten la titularidad del edificio o de las viviendas. Esto incluye las escrituras de la propiedad o resoluciones judiciales firmes, testamentos o, certificados o notas simples del Registro de la Propiedad.
  4. Una relación de los propietarios de viviendas y locales del edificio. En esta se debe especificar el número, las superficies y el coeficiente de participación de cada miembro de la comunidad, además de sus compromisos asumidos.
  5. El certificado de culminación de la obra de instalación del ascensor. Este debe estar visado por el respectivo Colegio Profesional.
  6. La licencia urbanística que corresponde a la realización de la obra de instalación del elevador.
  7. El documento que acredita la asignación del número del RAE, emitido por la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid.

Con estos documentos puedes realizar la solicitud, a menos que no se haya obtenido la calificación como actuación protegible.

  • Sin calificación como actuación protegible

En dicho caso, a los recaudos anteriores se les debe añadir:

  1. Fotocopias compulsadas del NIF y el DNI del promotor de la actuación, o su representante.
  2. Fotocopias compulsadas del acta de la Junta de la Comunidad de Propietarios. Allí debe aparecer el nombramiento del Presidente de la Comunidad. O, en su defecto, la designación de un representante de éste, ante la Administración.
  3. Fotocopia del acuerdo aprobatorio de la instalación de la máquina o certificado del Secretario o Administrador referente a estos extremos.
  4. Memoria descriptiva de la instalación del ascensor en cuestión. Acá deben aparecer las características técnicas del elevador, incluyendo su capacidad, dimensiones, sistema de eficiencia energética y demás detalles. También es necesario el presupuesto de la empresa instaladora.
  5. El proyecto de ejecución. Que debe estar firmado por un técnico competente y visado por el Colegio Profesional del sector.
  6. Deberá presentar al menos tres ofertas de proveedores y una justificación de elección, en caso de no haber seleccionado la oferta más ventajosa a nivel económico. Podrá eximirse este requisito, si se justifica la dificultad de proveer dichas empresas instaladoras debido a limitaciones del mercado.

 

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¿Dónde y cómo realizar la solicitud?

Dependiendo de si el edificio en cuestión está situado dentro o fuera de un ámbito de rehabilitación integrada, existen dos modelos de solicitud distintos. 

Antes que nada, deberás revisar si tu Comunidad forma partes de las Áreas de Rehabilitación Integrada, Zonas de Rehabilitación Integradas o Áreas de Rehabilitación de Centro Histórico.

Tras confirmar este aspecto, puedes obtener tu solicitud en cualquiera de estos puntos:

  1. Oficinas de Atención al Ciudadano
  2.  Oficinas de Rehabilitación de Edificios
  3. Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Los entes encargados de tramitar estas ayudas, son las distintas Oficinas de Rehabilitación de Edificios que se encuentran en la Comunidad de Madrid. Ese es el principal lugar donde se presentan las solicitudes y es lo más recomendable.

Sin embargo, también podrás presentarla en el Registro Auxiliar de la Consejería antes mencionada, en c/Maudes, 17. Asimismo, es posible hacerlo ante cualquier Registro, perteneciente a la Comunidad, a la Administración General del Estado o de otras Comunidades Autónomas.

Puedes hacerlo en oficinas de Correos e incluso, en representaciones diplomáticas de España en el extranjero y, en Ayuntamientos de la Comunidad madrileña que estén adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única.

Es importante que conozcas que la tramitación de la subvención se encuentra sujeta al abono de la tasa 71804, perteneciente al modelo 30. En definitiva, el importe a cancelar hasta los momentos es de 20 euros más el 0,12% del presupuesto de la ejecución del proyecto.

Otros aspectos a tomar en cuenta para realizar la solicitud
  1. Deben cumplir con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal. Bien sea comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios que habiten en edificios residenciales. 
  2. En el caso de los propietarios de edificios residenciales de uso de vivienda, deben cumplir con el artículo 369 del Código Civil.
  3. Ser propietario único de edificios residenciales utilizados como viviendas unifamiliares.

Ayudas para instalar ascensores en Madrid

Esta solicitud de subvenciones y la documentación exigida para la instalación de ascensores en Madrid, se puede presentar de forma electrónica. El procesamiento consiste en entrar al ayuntamiento de Madrid por medio de su sede electrónica. Sin embargo, para esto, es obligatorio hacer uso de los certificados electrónicos que son permitidos por este. 

Otra manera de hacerlo, es presencialmente. Dirigiéndose a las oficinas de registros del ayuntamiento de Madrid, también cumpliendo con lo que se establece en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. La solicitud de una cita previa es una opción cuando ya existe un expediente abierto, la citas se puede solicitar ya sea en la oficina de atención ciudadana o por medio del servicio online en la sección de: Subvenciones rehabilitación edificatoria.

Casos en los que no se aprueban las subvenciones

Es importante saber que este tipo de ayudas no aplican en todos los casos. Así como existen algunos requisitos para solicitarla, también hay algunos parámetros que determinan quiénes pueden acceder a las subvenciones o no.

Las subvenciones no aplican para beneficiarios que ya cuenten con otras ayudas, como el programa de fomento de la Regeneración y Renovación Urbana y Rural, el programa de viviendas para personas mayores que se regulan en el Plan estatal de Vivienda 2018-2021 o, el programa del fomento del Parque de Viviendas en Alquiler.

Quienes hayan obtenido la misma resolución de concesión de ayudas, en la convocatoria que se realizó en el Plan estatal de ayudas 2013-2016, ya sean propietarios únicos o comunidades de propietarios. 

El plazo para la ejecución de las obras

Es importante aclarar, que el plazo para la rehabilitación del edificio no puede ser mayor a los veinticuatro meses. Desde el momento que se hace pública la resolución de la consignación de la ayuda, comienza a correr el plazo ya mencionado. Sin embargo, podría negarse las ayudas, en el caso de que la obra no esté finalizada en los plazos límites ya establecidos. 

En cuanto al plazo de las subvenciones de ascensores en Madrid 2020, habrá que esperar que culmine el estado de emergencia sanitaria y que se determine la manera en la que se reactivarán las actividades. 

Cabe mencionar, que en el caso de las ayudas del Ayuntamiento de Madrid, desde la convocatoria de 2018, las subvenciones han sufrido un grave retraso e incluso, en muchas presentaciones, aún no se ha emitido una respuesta. Sin dejar de lado, que desde diciembre de 2019 no se ha publicado ningún listado de beneficiarios. Esto, aunado a la crisis originada por el Coronavirus, da indicio de que seguirán sufriendo una alta demora. 

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¿Deseas instalar un elevador y aprovecharte de las subvenciones? Si persisten las dudas y quieres conocer más acerca de estas subvenciones y ayudas para la instalación de ascensores en Madrid, y especialmente en qué estado se encuentran estos trámites tras la pandemia por Covid-19, no dudes en consultar con Disel Studio, la empresa líder de ascensores en Madrid y alrededores.

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